La Ciudad de México alista un nuevo marco regulatorio para vehículos eléctricos personales, con el objetivo de cerrar vacíos legales, reducir accidentes y ordenar su uso en la vía pública. Las modificaciones al Reglamento de Tránsito y a la Ley de Movilidad entrarán en vigor el 1 de julio de 2026, tras ser anunciadas el 5 de mayo por la jefa de Gobierno, Clara Brugada.
El eje de la reforma es la clasificación de los denominados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), que ahora se dividen en dos categorías según su potencia, velocidad y peso. La medida busca distinguir entre dispositivos de baja velocidad y aquellos que, por sus características, operan como motocicletas, pero sin haber estado plenamente regulados hasta ahora.
En el primer grupo, Tipo A, se ubican los vehículos con motores menores a 250 watts, velocidad máxima de 25 km/h y sistemas de pedaleo asistido. Estos estarán exentos de placas y licencia, aunque deberán portar un holograma para circular en ciclovías. La autoridad capitalina mantiene para este segmento un enfoque similar al de bicicletas eléctricas, con énfasis en convivencia vial.
Por otro lado, los VEMEPE Tipo B —aquellos con motores de entre 250 watts y 1 kilowatt, capaces de superar los 25 km/h, con peso mayor a 35 kilogramos o con acelerador independiente— serán equiparados a motocicletas. Esto implica que deberán cumplir con requisitos plenos de registro y conducción, una medida que responde al incremento de estos vehículos en vialidades primarias.
De acuerdo con la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, los propietarios de unidades Tipo B deberán tramitar placas, tarjeta de circulación y licencia tipo A1 o A2, además de registrar sus vehículos incluso si cuentan con permisos de otras entidades. También será obligatorio el uso de casco certificado para motociclistas, así como mantener encendidas luces delanteras y traseras en todo momento.
Las restricciones de circulación constituyen otro de los cambios relevantes. Los vehículos Tipo B no podrán transitar por banquetas, ciclovías ni carriles confinados de transporte público, ni circular en vías con límites de velocidad superiores a 50 km/h. Asimismo, se prohíbe su operación bajo efectos del alcohol, alineando las disposiciones con las aplicables a motociclistas y automovilistas.
El proceso de regularización se realizará a través de citas en el portal oficial de la autoridad capitalina o en módulos de recaudación. Según información de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, el costo de placas será similar al de motocicletas, estimado en alrededor de 709 pesos, aunque los detalles finales serán publicados desde mayo de 2026.
Las sanciones por incumplimiento —que incluyen multas y posible envío al corralón— comenzarán a aplicarse a partir de septiembre, lo que abre una ventana de transición para usuarios y distribuidores. No obstante, especialistas en movilidad han advertido que el reto principal será la supervisión efectiva y la capacidad institucional para garantizar el cumplimiento de las nuevas disposiciones.
















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